Por Equipo Editorial GSL · 8 min de lectura
Gastos deducibles del autónomo: qué puedes desgravar y qué no
Publicado el 8 de octubre de 2026 · Actualizado el 8 de octubre de 2026

No vamos a repetirte la lista de los 20 gastos deducibles típicos — esa la tienes en cualquier sitio. Aquí respondemos a las dudas concretas donde la gente se equivoca de verdad, con la condición exacta que marca la diferencia entre que Hacienda te lo acepte o te lo rechace.
¿Puedo deducir el coche siendo autónomo?
No, salvo que puedas demostrar afectación exclusiva — es decir, que el vehículo se usa única y exclusivamente para tu actividad, sin ningún uso particular. Para la inmensa mayoría de autónomos esto es imposible de justificar con un coche normal, así que la AEAT lo rechaza.
Hay excepciones donde sí se admite la deducción sin ese requisito tan estricto: transportistas, taxistas, autoescuelas, agentes comerciales con rutas documentadas, vehículos industriales (furgonetas de reparto) y empresas de alquiler de vehículos. Si tu actividad no está en esa lista, lo habitual es que ni la compra, ni el renting, ni el combustible ni el seguro del coche sean deducibles — por mucho que lo uses "sobre todo" para trabajar.
¿Qué parte de la casa puedo deducir si trabajo desde ella?
Sí se puede, pero solo la parte proporcional que hayas declarado afecta a la actividad — y los suministros, solo al 30% de esa proporción. Es la deducción con más recorrido real para la mayoría de autónomos que trabajan desde casa, así que merece explicarse con calma.
Paso 1: declarar el porcentaje de vivienda afecto
Antes de deducir nada, tienes que declarar ante Hacienda qué parte de tu vivienda usas para la actividad. Se hace en el modelo 036 (o el 037, la versión simplificada que usa la mayoría de autónomos) indicando el porcentaje de metros cuadrados que corresponde a tu espacio de trabajo sobre el total de la vivienda. Si no lo has declarado y empiezas a deducir gastos de la vivienda igualmente, estás deduciendo sin la base formal que exige la normativa — es uno de los motivos de rechazo más frecuentes en una comprobación.
Paso 2: dos tipos de gasto, dos reglas distintas
Una vez declarado el porcentaje, no todos los gastos de la vivienda se tratan igual:
- Gastos fijos de la vivienda (IBI, comunidad, tasa de basuras, intereses de la hipoteca, seguro de hogar): se deducen en proporción directa al porcentaje de metros declarado, sin ninguna reducción adicional.
- Suministros (luz, agua, gas, internet, telefonía fija): aquí entra la regla específica que introdujo la Ley 6/2017, de reformas urgentes del trabajo autónomo, modificando el artículo 30.2.5ª de la Ley 35/2006 del IRPF: solo se deduce el 30% de la parte proporcional, no el 100%.
Ejemplo con números
Imagina que tu vivienda tiene 80 m², y has declarado 16 m² (el 20%) como espacio de trabajo. Tu factura de luz de ese mes es de 100 €.
- Proporción de vivienda afecta: 20%.
- Parte proporcional del gasto: 100 € × 20% = 20 €.
- Deducción aplicable (suministros, regla del 30%): 20 € × 30% = 6 € deducibles ese mes.
Si en lugar de la luz fuera el IBI anual de 400 €, al ser un gasto "fijo" (no suministro), se aplicaría solo el paso 1 y 2: 400 € × 20% = 80 € deducibles, sin el recorte del 30%.
Si trabajas desde casa sin tenerlo declarado
Puedes seguir ejerciendo tu actividad con normalidad, pero no deberías estar deduciendo gastos de la vivienda hasta regularizarlo. Si Hacienda revisa tu declaración y ve deducciones de suministros o de la parte proporcional de la vivienda sin que conste el porcentaje afecto en el censo, lo normal es que te las rechace, con independencia de que el gasto sea real.
¿Se pueden deducir las comidas y las dietas?
Sí, pero con límites exactos por día y solo si viajas fuera de tu municipio habitual de trabajo. No vale comer fuera cualquier día porque "has tenido una reunión" en tu propia ciudad.
Los importes máximos deducibles son:
| Sin pernocta | Con pernocta | |
|---|---|---|
| España | 26,67 €/día | 53,34 €/día |
| Extranjero | 48,08 €/día | 91,35 €/día |
Requisito clave que mucha gente se salta: el pago tiene que hacerse con tarjeta o transferencia, nunca en efectivo, y necesitas la factura del restaurante u hotel, no solo el tique. Si pagas en metálico, Hacienda puede rechazarlo aunque el gasto sea real.
¿Puedo deducir el móvil y el internet?
Depende de si tienes una línea exclusiva para el negocio o una sola línea que usas para todo. Con una línea profesional separada, a tu nombre y NIF, pagada desde la cuenta del negocio, se deduce al 100%. Con una única línea de uso mixto (personal y profesional), el criterio habitual de la AEAT es rechazar la deducción completa o aceptar solo un porcentaje — lo más seguro, si puedes, es tener dos líneas separadas.
El internet de casa, si ya has declarado un porcentaje de vivienda afecto a la actividad, entra dentro de la regla del 30% de suministros explicada arriba — no se deduce aparte con otro criterio.
¿Y la ropa de trabajo?
No, salvo que sea ropa específica de tu profesión, no ropa de calle. Un traje, una camisa o unos zapatos no son deducibles aunque solo te los pongas para ir a reuniones de trabajo — Hacienda lo considera ropa de uso general, no afecta en exclusiva a la actividad.
Sí se admite la ropa que por su naturaleza solo tiene sentido en tu oficio: uniformes con logo de empresa, batas, monos de trabajo, equipos de protección (EPIs). Hay excepciones muy concretas y acreditadas para actividades como actores, presentadores o modelos, pero son la excepción, no la norma.
Gastos que Hacienda rechaza con más frecuencia
Los que más veces generan problemas en una comprobación:
- Vehículo sin afectación exclusiva demostrable — el más habitual de todos.
- Gastos de la vivienda sin haber declarado los metros afectos en el modelo 036/037 antes de empezar a deducir.
- Dietas pagadas en efectivo o sin factura (solo tique).
- Gastos sin factura completa a tu nombre y NIF — un tique de compra no es una factura y, aunque el gasto sea real, no sirve como justificante fiscal.
- Ropa de calle presentada como "ropa de trabajo".
- Regalos a clientes y gastos de representación por encima de los límites o sin justificación de la relación con la actividad.
La base de todo: que tengas la factura, no el tique
Esto es lo que conecta todos los casos anteriores: para que un gasto sea deducible, la AEAT exige factura completa (con tus datos fiscales, no un simple tique de caja) y que esté correctamente registrada en tus libros — recogido en el artículo 30 de la Ley 35/2006 del IRPF para quienes tributan en estimación directa. Si es tu gestoría quien procesa estos justificantes, el reparto de quién guarda qué también influye en si te conviene o no llevar tu propio programa — lo tratamos en si tengo gestoría, ¿necesito programa de facturación?.
El problema real no suele ser no saber esto, sino la logística de conservar y registrar decenas de tiques y facturas de gasto al mes sin que se pierda ninguno. Aquí es donde un programa con OCR te ahorra trabajo de verdad: fotografías el tique o la factura y el sistema extrae los datos y los deja registrados, en lugar de que tengas que teclearlos o guardarlos en una carpeta que luego no encuentras en la declaración.
Tanto Quipu como otros programas de facturación con gastos incorporan este escaneo automático — no resuelve si un gasto es deducible o no (eso depende de los criterios que hemos visto arriba), pero sí resuelve el problema de que el justificante exista, esté legible y esté donde toca cuando lo necesites.
Preguntas frecuentes
¿Un tique de compra sirve para deducir un gasto? No. Para que un gasto sea deducible en el IRPF necesitas factura completa, con tus datos fiscales (nombre y NIF) como destinatario. Un tique de caja no cumple ese requisito, aunque el importe sea correcto y el gasto sea real.
¿Puedo deducir el coche si lo uso "casi siempre" para trabajar? No, salvo que tu actividad esté entre las excepciones reconocidas (transportistas, taxistas, agentes comerciales con rutas documentadas, etc.). "Casi siempre" no es afectación exclusiva — la AEAT exige uso exclusivo y continuado, sin uso particular alguno.
¿Tengo que avisar a Hacienda antes de empezar a deducir gastos de mi vivienda? Sí. Hay que declarar el porcentaje de la vivienda afecto a la actividad en el modelo 036 o 037 antes de aplicar la deducción, no a posteriori cuando hagas la declaración de la renta.
¿Las dietas se pueden pagar en efectivo si guardo el tique? No. El requisito no es solo tener justificante, sino que el pago se haya realizado por un medio electrónico (tarjeta o transferencia). Pagar en efectivo invalida la deducción aunque conserves la factura.
Este artículo tiene fines informativos y no sustituye el asesoramiento de una gestoría o asesor fiscal — cada caso puede tener matices que cambian el tratamiento del gasto. Basado en la Ley 35/2006 del IRPF (especialmente su artículo 30) y la Ley 6/2017 de reformas urgentes del trabajo autónomo. Última revisión: octubre de 2026.
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